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Registro de Proponentes

¿ Que es el Registro Unico de Proponentes ?

Es un registro de creación legal en el cual se inscriben las personas naturales o jurídicas que aspiran a celebrar con entidades estatales contratos de obra, consultoría, suministro y compraventa de bienes muebles. Tiene como finalidad suministrar la información necesaria de un contratista inscrito en lo relacionado con su experiencia, capacidad técnica, capacidad de organización y capacidad financiera a dichas entidades y a todas las personas interesadas en celebrar los contratos señalados en el párrafo anterior.

  
Los requisitos para hacer una inscripcion de un proponente son: 


1.    Diligenciar el formulario, ya sea como la persona, sociedad o entidad sin ánimo de lucro se clasifique:

•    Poveedor (únicamente)
•    Consultor (únicamente)
•    Construtor (únicamente)
•    Proveedor y Consultor
•    Poveedor y Constructor
•    Consultor y Constructor
•    Proveedor, Consultor y Constructor

2.    Hacer el pago de la inscripción en la Cámara de Comercio.
 

Señor Proponente


La Cámara de Comercio de Cartago se permite informarle que el Gobierno Nacional expidió el Decreto No. 1464 del 29 de abril de 2010, el cual reglamenta parcialmente la ley 1150 de 2007, en relación con la verificación de las condiciones de los proponentes y su acreditación para el Registro Único de Proponentes a cargo de las Cámaras de Comercio, derogando el Decreto 4881 de2008 y los Decretos 836, 1520, 2247 y 3083 de 2009, y las demás normas que le sean contrarias.


En este mismo espacio podrá encontrar el Decreto No. 1464 del 29 de abril de 2010
 
Modelos  de certificación   Clic Aqui


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•    Diligencie su Formulario Virtual RUP Ingrese aquí

Tarifas 2010

Inscripcion al registro de proponentes

$ 344.000

Renovacion registro de proponentes

$ 344.000

Actualizacion o modificacion registro proponentes

$ 184.000

Certificados proponentes

$ 31.000

Expedicion de copias

$ 1.800